Pasivos no-corrientes con acuerdos de pago (2)

Por John Hughes – Pasivos no-corrientes con acuerdos de pago (2) - ¡Dejen el futuro fuera de esto!
Documento original: Non-current liabilities with covenants – leave the future out of it!
Tal y como cubrimos aquí, IASB ha emitido para comentarios Non-current Liabilities with Covenants [Pasivos no-corrientes con acuerdos de pago], el borrador para discusión pública de enmiendas propuestas al IAS 1 [NIC 1], con los comentarios a ser recibidos para marzo 21, 2022.
Las propuestas enmendarían la orientación actual sobre la determinación de si una entidad tiene un derecho a diferir la liquidación de un pasivo por al menos doce meses. Previamente miramos algunas de las reacciones a una de las propuestas de presentación hechas por IASB. Las propuestas también contienen la siguiente orientación propuesta:
· Una entidad no tiene el derecho a diferir la liquidación de un pasivo por al menos doce meses… si el pasivo pudiera volverse reembolsable dentro de doce meses después del período de presentación de reporte:
o a discreción de la contraparte o de un tercero – por ejemplo, cuando un préstamo es exigible por el prestamista en cualquier momento sin causa; o
o si ocurre (o no-ocurre) un evento o un resultado futuro incierto y su ocurrencia (o no-ocurrencia) no es afectada por acciones futuras de la entidad – por ejemplo, cuando el pasivo es una garantía financiera o un pasivo de contrato de seguro.
Algunos de quienes respondieron, tal como EY, estuvieron en desacuerdo con ese segundo aspecto:
Nosotros no apoyamos la propuesta para introducir la capacidad de una entidad para impactar la ocurrencia o no-ocurrencia, de eventos o resultados futuros inciertos, como un factor determinante cuando se valora si un pasivo debe ser clasificado como corriente o no-corriente, dado que no es claro el concepto o principio subyacente que alinea un “derecho” con la noción de “no-afectado”. Además, la noción de “no-afectado” no está definida, y sería difícil definirla, y por lo tanto, será desafiante para aplicarla en la práctica. Nosotros consideramos que un enfoque más consistente, tanto conceptual como prácticamente, sería eliminar (este parágrafo). Esto permitiría la valoración de si al final del período de presentación de reporte existe un derecho con base en las condiciones a la fecha de presentación de reporte, independiente de la capacidad de la entidad para afectar la ocurrencia de ese evento o resultado futuro incierto.
Algunos de quienes respondieron sugirieron que unas pocas líneas de comentario actualmente ubicado en las bases para las conclusiones (que aclaran, por ejemplo, que un pasivo puede volverse reembolsable dentro de doce meses solo si la entidad falla en satisfacer un objetivo futuro de ingresos ordinarios no sería clasificado como corriente) deben ser ubicadas en el cuerpo del estándar mismo. Otros de quienes comentaron sintieron que era más necesario. El Japanese Institute of Certified Public Accountants proporcionó varios ejemplos para ilustrar situaciones en las cuales la aplicación puede no ser clara:
Determinación del cambio-en-el-control. Cuando una entidad emite acciones preferenciales con una determinación de redención obligatoria en cinco años, que está sujeta a condiciones según las cuales los tenedores de las acciones preferenciales tienen derecho a exigir la redención temprana cada vez que haya cambios en el control de la entidad, y cuando su ocurrencia no sea afectada por acciones futuras de la entidad.
Oferta pública inicial [Initial public offering (IPO)] dentro de doce meses. Cuando una entidad emite acciones preferenciales con una determinación de redención obligatoria en cinco años, que está sujeta a condiciones según las cuales los tenedores de las acciones preferenciales tienen derecho a exigir la redención temprana cada ve que la entidad no pueda ejecutar la IPO dentro de doce meses, y cuando su ocurrencia no sea afectada por acciones futuras de la entidad.
Un contrato que requiere que una entidad obtenga una opinión-no-calificada de los auditores dentro de tres meses a partir del período de presentación de reporte. Cuando una entidad, como el prestatario, tiene un préstamo con maduración en cinco años, que está sujeto a condiciones según las cuales el prestamista tiene derecho a exigir la redención temprana si la entidad no puede obtener una opinión-no-calificada de los auditores dentro de los tres meses a partir del período de presentación de reporte.
Este es de la Malaysian Accounting Standards Board:
El significado de “no-afectado por acciones futuras de la entidad” no es claro en el contexto de los pasivos en general. Los ejemplos proporcionados… [garantías financieras y contratos de seguro] presumiblemente se relacionan con la solvencia de una contraparte y un tenedor de póliza que tiene un reclamo de seguro válido – ambos de los cuales están más allá del control de la entidad.
Sin embargo, en el contexto de un préstamo, no está claro qué tipos de factores serían identificados como que estén más allá del control de la entidad. Por ejemplo, puede haber casos en que la rentabilidad, ingresos ordinarios, o gastos por intereses de una entidad estén entre los factores que afecten las condiciones adjuntas a la continuación de un préstamo. Parece igualmente plausible, dependiendo de las circunstancias, considerar que esos factores no serían afectados por acciones futuras de la entidad; o, alternativamente, que podrían ser afectados por acciones futuras de la entidad.
Tal y como antes cubrimos, los preparadores, los preparadores a menudo tienen una objeción intuitiva a la noción de que la valoración de la clasificación de corriente o no-corriente se debe basar solamente en derechos (por ejemplo, en casos en que, independiente del derecho del prestamista a exigir el reembolso dentro de doce meses, casi no hay probabilidad práctica de que lo haga). Aun así, al menos ese requerimiento de ser bastante fácil de explicar con base en los hechos y circunstancias presentes. Si las entidades fueran requeridas a preparar dos o más balances generales, puede entonces ser plausible presentar instantáneas contrastantes basadas en los diferentes resultados de esos eventos futuros inciertos. Pero según el modelo actual, quizás EY quizás tenga considerar que esto debe quedar como una razón más para leer con atención en las notas.
Las opiniones expresadas son solamente las del autor.
Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.